En el caso de que las solicitudes o la documentación presentada estuvieran incompletas o no reunieran los requisitos exigidos, se requerirá a los interesados para que en el plazo de diez días subsanen los defectos o, en su caso, completen la documentación. La falta de respuesta a este requerimiento se entenderá como desistimiento, previa resolución.
El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas, como órgano instructor, emitirá informe en el que se tendrán en consideración los siguientes criterios:
- Singularidad y excelencia del proyecto presentado: Hasta 12 puntos.
- Calidad del proyecto: Hasta 6 puntos.
- Innovación y originalidad: Hasta 6 puntos.
- Formación académica y trayectoria curricular del artista: Hasta 5 puntos.
- Máster, cursos y formación complementaria: Hasta 2 puntos.
- Experiencia profesional y proyectos presentados: Hasta 3 puntos.
- Adecuación de la obra a las últimas tendencias de las artes visuales: Hasta 3 puntos.
Dicho informe será elaborado por una comisión de expertos, que estará formada por el Subdirector General de Bellas Artes, el Director del Centro de Arte Dos de Mayo y cuatro expertos en arte contemporáneo, ajenos a la administración autonómica, designados por el titular de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas. Uno de ellos pertenecerá al ámbito teórico-crítico y actuará posteriormente como comisario de la muestra, otro será representante del ámbito de las galerías, otro será un gestor cultural y el cuarto un artista plástico de reconocido prestigio.
Posteriormente se someterá a la Comisión Sectorial de Artes Plásticas del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid, órgano colegiado que elaborará la propuesta de resolución. Esta se elevará al titular de la Consejería que resolverá mediante Orden.
El pago se tramitará con carácter anticipado sin la exigencia de constitución de garantías, como financiación necesaria para llevar a cabo el proyecto subvencionado, antes de la entrega de la obra para su exposición al público en los Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid. Dicho abono estará sujeto a las retenciones tributarias que, en su caso sean procedentes.
La Dirección General de Cultura e Industrias Creativas realizará una muestra colectiva con las obras de los artistas seleccionados y la expondrá al público en los “Circuitos de Artes Plásticas de la Comunidad de Madrid”. La muestra se inaugurará en la Sala de Arte Joven de la Comunidad de Madrid, sita en la Avenida de América, nº 13, sin perjuicio de su itinerancia en otras salas nacionales e internacionales si ello fuese programado por la Dirección General.
Una vez publicada la orden de concesión de las ayudas, la obra original deberá presentarse en perfecto estado y con los elementos necesarios para su montaje en la Sala de Arte Joven antes del inicio de la exposición por parte de la Comunidad de Madrid, que será límite el 30 de diciembre. Asimismo, la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas editará un catálogo de la muestra.
Para contratar por parte de la Comunidad de Madrid el correspondiente seguro durante la duración de la exposición y su posterior itinerancia, cada obra expuesta deberá valorarse por su autor en una cuantía que no podrá superar el importe de la ayuda concedida.
Una vez finalizada la exposición en la Sala de Arte Joven de la Comunidad de Madrid o de su itinerancia, si esta se hubiera programado por Dirección General, las obras se devolverán a los artistas en el plazo máximo de quince días desde la terminación, en las mismas condiciones en que fueron recogidas.
Los participantes no seleccionados podrán retirar los trabajos aportados en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la Orden por la que se resuelve el procedimiento, en la Subdirección General de Bellas Artes (Departamento de Exposiciones), sita en la calle Caballero de Gracia, número 32, en horario de nueve a catorce horas.