Última actuación
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18/12/2024Justificación de la subvención
Se abre el plazo para la presentación de solicitudes del pago final del 19 de diciembre de 2024 hasta el 1 de agosto de 2025.
Pulsa Tramitar para acceder al modelo "Solicitud de pago de las ayudas para inversiones en explotaciones agrarias" ubicado en la sección Tramitar.
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Inversiones para mejora del medio ambiente (intervención 6841.1)
- Titulares de explotaciones agrarias
- Inversiones en modernización (intervención 6841.2)
- Agricultores
- Cooperativas y SAT
- Inversiones no productivas (intervención 6844)
- Titulares de explotaciones agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, que impulsen iniciativas de conservación de la naturaleza a través de acuerdos de custodia del territorio.
Requisitos
- Todas las intervenciones
- I. Mejora del medio ambiente
- I. Modernización
- I. No productivas explotaciones agrarias
- Estar al corriente de tus obligaciones con la Seguridad Social, no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, ni tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas, ni figurar en la fase del pago como deudor de los fondos europeos agrícolas FEAGA-FEADER.
- No podrás obtener la condición de beneficiarios si eres una entidad en la que concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
- Si tu subvención es de un importe superior a 30.000 euros y estás incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, no podrás incumplir los plazos de pago dispuestos.
- No podrás haber sido declarado excluido de la obtención de ayudas de la misma intervención del PEPAC de la Comunidad de Madrid 2023-2027.
- Realizar el pago de la tasa por inspección previa, si tu ayuda es para inversiones en bienes inmuebles.
- En ningún caso se tendrán por cumplidos estos requisitos cuando se hayan creado artificialmente al objeto de obtener la ayuda.
- Ser titular de una explotación agraria en la Comunidad de Madrid inscrita a tu nombre.
- Ser mayor de 18 años, acreditar el ejercicio de la actividad agraria al menos durante tres años anteriores a la solicitud., en caso de tratarse de persona física o una agrupación de personas físicas
- Tener un pacto de indivisión por un período mínimo de cinco años, en caso de ser una entidad sin personalidad jurídica y, al menos, uno de los asociados debe cumplir los requisitos exigidos a las personas físicas.
- Acreditar un mínimo de tres años de ejercicio de la actividad agraria, en caso de ser persona jurídica, o que al menos, el 50 % de vuestros socios tienen o cualificación profesional (si son personas físicas) o acreditan un mínimo de tres años de ejercicio de la actividad agraria (si son personas jurídicas).
- Ser titular de una explotación agraria en la Comunidad de Madrid inscrita a tu nombre, excepto en el caso de cooperativas y jóvenes que se vayan a instalar.
- Ser mayor de 18 años, acreditar el ejercicio de la actividad agraria al menos durante tres años anteriores a la solicitud, en caso de ser persona física o una agrupación de personas físicas.
- Tener un pacto de indivisión por un período mínimo de cinco años en caso de ser una entidad sin personalidad jurídica y, al menos, uno de los asociados debe cumplir los requisitos exigidos a las personas físicas.
- Acreditar que tu actividad principal sea agraria en caso de ser persona jurídica y un mínimo de tres años de ejercicio de la actividad agraria o que al menos, el 50 % de vuestros socios tienen o cualificación profesional (si son personas físicas) o acreditan un mínimo de tres años de ejercicio de la actividad agraria (si son personas jurídicas).
- Tienes que acreditar un mínimo de tres años de antigüedad y realizar sus inversiones en la Comunidad de Madrid, si se trata de una cooperativa agraria.
- Tener más de 18 años y no cumplir más de 40 años en el año de la solicitud, disponer de al menos, el 50% de la formación necesaria y el compromiso de completarla en el plazo máximo de 36 meses, contar con la base territorial necesaria para la explotación prevista, los medios de producción necesarios, no estar o haber estado dado de alta en la Seguridad Social en el epígrafe correspondiente a una actividad agraria con anterioridad al 1 de enero del año anterior al de la convocatoria y no haber tenido ingresos agrarios superiores a 8.000 € en cualquiera de los últimos tres años., en el caso de ser un joven que te estás incorporando a la agricultura.
- Titular o cotitular de una explotación agrícola y/o ganadera en la Comunidad de Madrid, o
- Una entidad sin ánimo de lucro de carácter privado, que impulse iniciativas de conservación de la naturaleza a través de acuerdos de custodia del territorio con titulares de explotaciones agrarias.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- NIF/NIE del solicitante.
- NIF de la persona jurídica .
- NIF/NIE de todos los comuneros.
- NIF/NIE del representante.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social para el caso de personas jurídicas, personas sin personalidad jurídica y personas físicas (sólo Intervención 6844). En la fase del procedimiento que sea exigible.
- Certificado de inscripción en el Registro del Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad de Madrid (CAEM).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Si eres persona física
- Título universitario de la rama agraria.
- Título de capataz agrícola o título académico, con nivel de Formación Profesional Agraria de la familia profesional agraria de grado medio o superior.
- Certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso de incorporación a la empresa agraria con una duración mínima de 150 horas.
- Certificados de asistencia y aprovechamiento de cursos de cualificación agraria o de actividades complementarias.
- Acreditación de actividad agraria por cuenta propia emitido por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
- Tres declaraciones de IRPF con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo obligatoria la del último año declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año).
- En el supuesto de subvenciones > 30.000 € y para personas físicas que puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por la persona física en la que afirme alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos por la Ley 3/2004, o por alguno de los medios de prueba previstos en el artículo 13.3.bis letra b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Plan empresarial.
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos.
- En el supuesto de creación de puestos de trabajo, Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de “Plantilla media de trabajadores en situación de alta” en el periodo de un año anterior a la solicitud de ayuda.
- Certificado de derechos de riego.
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente.
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento liquidado.
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado.
- Acceso a la base de precios utilizada.
- Para el caso de inversiones no productivas en explotaciones en pro de la biodiversidad (Intervención 6844), acuerdo de custodia del territorio con alguna entidad reconocida por la Red de entidades de custodia del territorio de Madrid.
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- Informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social.
- Otra documentación.
- Última declaración del IRPF o 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año).
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado.
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo VII).
Si eres un joven agricultor
- Título universitario de la rama agraria.
- Título de capataz agrícola o título académico, con nivel de Formación Profesional Agraria de la familia profesional agraria de grado medio o superior.
- Certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso de incorporación a la empresa agraria con una duración mínima de 150 horas.
- Certificados de asistencia y aprovechamiento de cursos de cualificación agraria o de actividades complementarias.
- Acreditación de actividad agraria por cuenta propia emitido por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
- Tres declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año.
- En el supuesto de subvenciones > 30.000 € y para personas físicas que puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por la persona física en la que afirme alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos por la Ley 3/2004, o por alguno de los medios de prueba previstos en el artículo 13.3.bis letra b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Plan empresarial.
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos.
- En el supuesto de creación de puestos de trabajo, Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de “Plantilla media de trabajadores en situación de alta” en el periodo de un año anterior a la solicitud de ayuda.
- Certificado de derechos de riego.
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente.
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento liquidado.
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado.
- Acceso a la base de precios utilizada.
- Para el caso de inversiones no productivas en explotaciones en pro de la biodiversidad (Intervención 6844), acuerdo de custodia del territorio con alguna entidad reconocida por la Red de entidades de custodia del territorio de Madrid.
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- Informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social.
- Otra documentación.
- Última declaración del IRPF o 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año).
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado.
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo VII).
- Informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social.
- Compromiso de completar la formación en el plazo de 36 meses desde la concesión de la ayuda.
- Para acreditar los ingresos, tres últimas declaraciones del IRPF.
- Certificado de la AEAT de no haber presentado declaración de IRPF.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento con nota de liquidación.
- Contrato de aparcería.
- Certificado de adjudicación de pastos.
- Otro documento.
- Preacuerdos.
Si eres una entidad sin personalidad jurídica
- Título universitario de la rama agraria.
- Título de capataz agrícola o título académico, con nivel de Formación Profesional Agraria de la familia profesional agraria de grado medio o superior.
- Certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso de incorporación a la empresa agraria con una duración mínima de 150 horas.
- Certificados de asistencia y aprovechamiento de cursos de cualificación agraria o de actividades complementarias.
- Acreditación de actividad agraria por cuenta propia emitido por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
- Tres declaraciones de IRPF con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo obligatoria la del último año.
- En el supuesto de subvenciones > 30.000 € y para personas físicas que puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por la persona física en la que afirme alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos por la Ley 3/2004, o por alguno de los medios de prueba previstos en el artículo 13.3.bis letra b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Plan empresarial.
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos.
- En el supuesto de creación de puestos de trabajo, Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de “Plantilla media de trabajadores en situación de alta” en el periodo de un año anterior a la solicitud de ayuda.
- Certificado de derechos de riego.
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente.
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento liquidado.
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado.
- Acceso a la base de precios utilizada.
- Para el caso de inversiones no productivas en explotaciones en pro de la biodiversidad (Intervención 6844), acuerdo de custodia del territorio con alguna entidad reconocida por la Red de entidades de custodia del territorio de Madrid.
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- Informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social.
- Otra documentación.
- Última declaración del IRPF o 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año).
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado.
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo VII).
- Documento de constitución en el que consten todas las cuotas de participación.
- Pacto de indivisión por un período de 5 años a partir de la fecha del pago final al beneficiario.
- Último recibo del IAE.
Si eres una persona jurídica
- Cuentas depositadas en el Registro Mercantil correspondientes a la última anualidad
- Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT en el que se indique que ejerce la actividad agraria
- Impuesto de sociedades del último ejercicio disponible. Modelo 200. (Solo en Intervención 68412)
- Certificado actualizado del registro que le corresponda
- Certificado del acuerdo válidamente tomado en junta o asamblea general haciendo constar la aprobación del proyecto presentado y las ayudas que se solicitan
- Título universitario de la rama agraria
- Título de capataz agrícola o título académico, con nivel de Formación Profesional Agraria de la familia profesional agraria de grado medio o superior
- Certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso de incorporación a la empresa agraria con una duración mínima de 150 horas
- Certificados de asistencia y aprovechamiento de cursos de cualificación agraria o de actividades complementarias
- Acreditación de actividad agraria por cuenta propia emitido por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social
- Tres declaraciones de IRPF con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo obligatoria la del último año. Cada socio deberá aportar el “Anexo VIII. Autorización de la consulta de datos de Renta”
- Otra documentación
- Último recibo del IAE
- En el supuesto de subvenciones > 30.000 € y para entidades que puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por el órgano de administración o equivalente, con poder de representación suficiente, en la que afirmen alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos por la Ley 3/2004, o por alguno de los medios de prueba previstos en el artículo 13.3.bis letra b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre
- En el supuesto de subvenciones > 30.000 € y para entidades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: Certificación, emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, del cumplimiento de los plazos legales de pago o a través de “Informe de Procedimientos Acordados”, elaborado por un auditor inscrito en el
- Registro Oficial de Auditores de Cuentas
- Plan empresarial
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos
- En el supuesto de creación de puestos de trabajo, Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de “Plantilla media de trabajadores en situación de alta” en el periodo de un año anterior a la solicitud de ayuda
- Certificado de derechos de riego
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad
- Contrato de arrendamiento liquidado
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado
- Acceso a la base de precios utilizada
- Para el caso de inversiones no productivas en explotaciones en pro de la biodiversidad (Intervención 6844), acuerdo de custodia del territorio con alguna entidad reconocida por la Red de entidades de custodia del territorio de Madrid
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes
- Informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social
- Otra documentación
- Última declaración del IRPF o 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año).
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo VII)
Si eres una entidad sin ánimo de lucro de carácter privado (solo para Intervención 6844)
- Listado actualizado del número de socios
- Escrituras de constitución
- Estatutos de la entidad
- Acuerdo de custodia del territorio
- Certificado actualizado del registro que le corresponda
- Certificación del acuerdo válidamente tomado en junta o asamblea general haciendo constar la aprobación del proyecto presentado y las ayudas que se solicitan
- Plan empresarial
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos
- Certificado de derechos de riego
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad
- Contrato de arrendamiento liquidado
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado
- Acceso a la base de precios utilizada
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo VII)
Información adicional
Para consultas relacionadas con este trámite, dispones del correo electrónico: ayudas_agrarias@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 965/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias (intervención 6841.1), a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (intervención 6841.2) y a inversiones no productivas en explotaciones agrarias (intervención 6844) (BOCM nº 98, de 25 de abril).
- Extracto de la Orden 965/2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias (intervención 6841.1), a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (intervención 6841.2) y a inversiones no productivas en explotaciones agrarias (intervención 6844) (BOCM nº 98, de 25 de abril).
- Extracto de la Orden 965/2024, de 9 de abril de 2024, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2024 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias (intervención 6841.1), a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (intervención 6841.2) y a inversiones no productivas en explotaciones agrarias (intervención 6844) (BOCM nº 98, de 25 de abril).
- Orden 193/2024, de 25 de enero, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se rectifican errores materiales detectados en la Orden 60/2023 (BOCM nº 33 de 8 de ferbrero)
- Orden 60/2023, de 12 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones en explotaciones agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado y se aprueban las convocatorias para el año 2023 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación adaptación al cambio climático y uso eficiente de los recursos naturales y de la ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (BOCM nº 174, de 24 julio)
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Para el estudio de los expedientes se podrá requerir información o documentación complementaria que se considere necesaria.
Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, no aportara la totalidad de la documentación exigida, o existieran defectos en la documentación aportada, se requerirá al interesado para subsane los defectos a aporte la documentación.
Si en un plazo de diez días no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución expresa.
Una vez estudiado el expediente los técnicos de la Dirección General competente emitirán un informe acerca de la valoración técnica de la inversión y lo remitirán al Comité Técnico.
Dicho Comité procederá a valorar las solicitudes presentadas y el Director General elevará una propuesta de aprobación o denegación de las ayudas al titular de la Consejería competente en materia de agricultura, quien resolverá mediante Orden motivada.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Calendario de actuaciones
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18/12/2024Justificación de la subvención
Se abre el plazo para la presentación de solicitudes del pago final del 19 de diciembre de 2024 hasta el 1 de agosto de 2025.
Pulsa Tramitar para acceder al modelo "Solicitud de pago de las ayudas para inversiones en explotaciones agrarias" ubicado en la sección Tramitar.
-
Ampliación del plazo de presentación de solicitudesSe amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 10/06/2024
con motivo de la ampliación de plazo publicada por el Extracto de la Orden 1554/2024 (Intervención 6844), (Intervención 6841.2) e (Intervención 6841.1)
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 26/04/2024 Fecha de fin: 25/05/2024
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud