Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

El procedimiento de concesión de esta línea de ayuda será el de concurrencia competitiva.

Instrucción y evaluación

El órgano instructor verificará la admisibilidad de las solicitudes presentadas a través de la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos para obtener la condición de persona beneficiaria de la subvención y los requisitos para considerar la inversión subvencionable. 
 
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañase de los documentos preceptivos, se requerirá a los interesados, para que, en el plazo de diez días, subsanen la falta o acompañe los documentos preceptivos.
 
En esta fase se deberá comprobar que los gastos e inversiones presentados por el beneficiario en la memoria cumplen con el control de moderación de costes, con carácter general con mínimo tres ofertas presentadas de diferentes proveedores, que serán claras, comparables y suficientemente detalladas. No obstante, para los gastos inferiores a 600 euros o cuya especificidad no haga posible presentar tres ofertas de distintos proveedores, se podrá presentar una única oferta, quedando su aceptación o rechazo a criterio técnico de la Administración que tendrá en cuenta los costes medios de mercado. 
 
Para el estudio de los expedientes se podrán realizar visitas a las instalaciones de los solicitantes, así como requerir la información o documentación complementaria que se considere necesaria para la comprensión y evaluación de los mismos.
 
Los Servicios Técnicos de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, una vez revisados los expedientes, emitirán informe de valoración de cada uno de ellos, que será remitido al Comité Técnico.
 
Con el fin de evaluar las solicitudes de ayuda a partir de los informes propuestos del órgano instructor, se crea un Comité Técnico, que estará formado por el Jefe de División de Ayudas FEADER o el funcionario de la Dirección General con categoría, al menos, de Jefe de Servicio que éste designe, que ejercerá de Presidente, tres funcionarios de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, con categoría, al menos, de Jefe de Sección, designados todos ellos por su titular, un representante de la Secretaría General Técnica y un Técnico de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación designado por su titular, que actuará como Secretario, con voz y sin voto. 

Resolución

El órgano competente para resolver las solicitudes de ayuda será el titular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a propuesta del órgano instructor, que resolverá mediante orden motivada la aprobación o denegación concesión de las ayudas.
 
La resolución de concesión se realizará de manera conjunta con una relación ordenada de todas las solicitudes seleccionadas así como de las que se consideran desestimadas por no cumplir con los requisitos correspondientes de beneficiarios y/o actuaciones, en función de los criterios de selección y las puntuaciones obtenidas en su valoración.
 

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 20/10/2023 Fecha de fin: 03/11/2023

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

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