Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Cualquier persona de una familia que tenga el título de familia numerosa.
Requisitos
Tener el Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) en vigor.
Documentación
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI / NIE de todos los interesados en obtener la tarjeta individual. En el caso de autorizar la consulta de los datos de los miembros de tu Unidad Familiar, deberás aportar el Anexo VI.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Las tarjetas individuales en soporte físico han sido sustituidas por una tarjeta digital en la aplicación de Familias Numerosas. Para acceder tienes que disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Si todavía no has obtenido el título, puedes solicitarlo a través del trámite Título de familia numerosa.
También puedes obtener el certificado de familia numerosa de forma automática a través del Servicio de Respuesta Inmediata, si dispones de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Solicita el certificado individual que acredita ser miembro de Familia Numerosa.
- Solicita el certificado colectivo que acredita la relación de personas que forman parte de la unidad familiar como familia numerosa.
Subdirección General de Familias
Sección de Familias Numerosas
C/ Manuel de Falla, 7
28036 Madrid
Para dudas o consultas relacionadas con este trámite, contacta a través de los canales de atención al ciudadano o del correo electrónico familiasnumerosas@madrid.org
Normativa
- Decreto 141/2014, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento administrativo para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, la expedición y renovación del título y la tarjeta individual de familia numerosa de la Comunidad de Madrid.
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Examinaremos la solicitud y la documentación. Si resultase incompleta o defectuosa, te pediremos que, en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos), aportes la documentación que falte o que subsanes los errores, es decir, que los corrijas. Si no lo haces, entenderemos que desistes de la solicitud.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud