Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

La Orden de resolución de la convocatoria se publicará en el tablón de anuncios de la sede de la Dirección General competente en materia de empleo, sita en Vía Lusitana, número 21, de Madrid, y en la página web institucional www.comunidad.madrid
El inicio de la acción subvencionada, mediante la contratación de los desempleados, deberá formalizarse, por escrito, en el plazo máximo que se establezca en la orden por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones.
El abono de la subvención se llevará a cabo mediante anticipo del total de la subvención concedida, previa solicitud del beneficiario, 
Para recibir el pago de la subvención, los beneficiarios no podrán tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas y deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Asimismo, deberán aportar el certificado acreditativo de haber cumplido con obligación de rendición de sus cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y acreditar el haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Cuatro meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 17 de junio de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las Subvenciones de los Programas de Formación en Alternancia con la Actividad Laboral para Personas Desempleadas de Larga Duración Mayores de 30 años

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Paro por municipios - julio 2022
Descargar
24.95 KB
Anexos seguimiento y pago
Descargar
2.71 MB
Anexos justificación
Descargar
154.02 KB
Orden del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo
Descargar
307.02 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 04/03/2024
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