Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Representantes legales de personas menores de 6 años que tienen reconocida la necesidad de atención temprana.
Requisitos
- Tener reconocida la necesidad de atención temprana por la unidad de valoración del centro base Centro de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI).
- No estar escolarizado en centros de educación especial, en unidades de educación especial en centros ordinarios o en la modalidad de escolarización combinada.
- Estar empadronado en la Comunidad de Madrid.
- Ser menor de 6 años.
- No recibir tratamiento de atención temprana en otro centro o servicio público, excepto si es de carácter complementario.
- No ser beneficiario de otras subvenciones o ayudas públicas que financian el servicio de atención temprana.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- En caso de dos progenitores:
- Autorización para la presentación de la solicitud.
- En caso de un único progenitor o representante legal, se aportarán junto a la solicitud uno de los siguientes documentos salvo que se hayan presentados junto a la solicitud de valoración de la necesidad de atención temprana:
- En el caso de dos progenitores pero sólo uno tiene atribuida la patria potestad: resolución judicial firme que así lo declare.
- En el caso de familias monoparentales: aportar declaración jurada de único responsable, según modelo.
- En supuesto de abandono comunicado a las autoridades competentes: denuncia interpuesta ante la policía o demanda juridicial de abandono.
- En supuesto de abandono que no ha sido denunciado o separación con paradero desconocido: declaración jurada de único responsable, según modelo.
- En caso de viudedad: certificado de defunción del otro progenitor.
- En caso de conflictos parentales judicializados: resolución judicial que se pronuncie sobre la patria potestad.
- En caso de violencia de género: resolución administrativa y/o judicial que adopta medidas de protección a favor de la mujer y los menores a su cargo.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Punto de información y atención al ciudadano de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social
- Dirección: Calle O'Donnell 50. 28009 Madrid
- Teléfono: 913925686
Normativa
- Decreto 76/2025, de 1 de octubre, del Consejo de Gobierno, de atención temprana en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 244, de 13 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para subsanar (corregir) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.
Una vez completada la solicitud, informaremos a la familia si existe una plaza disponible en el centro solicitado.
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Contacto
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud