Información
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TasaRequiere el pago de tasas
Documentación
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Justificante de pago de la tasa
- Poder de representación, en caso de que actúe a través de representante
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Normativa
- Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid ( BOCM n º 257, de 29 de octubre de 2002), Corrección de errores ( BOCM n º 278, de 22 de noviembre de 2002).
- Resolución de 24 de junio de 2010, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publican modelos de impresos correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 177, de 26 de julio)
- Corrección de errores de la Resolución de 24 de junio de 2010, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publican modelos de impresos correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 114, de 16 de mayo de 2011)
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Hacienda y Función Pública
- Dirección General de Tributos
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
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Tasa emisión de certificados. Por cada certificadoPagar tasa 6.04€
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Para solicitar dichos certificados pueden utilizar cualquiera de estos medios:
- Acudiendo en persona a la Dirección General responsable de la Comunidad de Madrid.
- Enviando su escrito de solicitud por correo o presentándolo en cualquier Registro Público dirigido a la Dirección General competente de la Comunidad de Madrid.
- Telemáticamente: Botón TRAMITAR.
- La emisión del certificado está sujeta al pago de una tasa. En el apartado Tramitar de esta página se encuentran el formulario correspondiente al pago de la tasa que podrá cumplimentar en línea y descargar.
- El certificado se entregará en la Dirección General competente personalmente al interesado o por persona debidamente autorizada por éste. Para acreditar la autorización puede utilizar el modelo de autorización acompañada de una fotocopia del NIF del representado.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud