Información y documentación
Información
Normativa
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (Texto consolidado).* Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Resolución de 25 de mayo de 2016, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se publica el modelo de impreso correspondiente al procedimiento de “alegaciones” (BOCM nº 137, de 10 de junio)
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Hacienda y Función Pública
- Dirección General de Tributos
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez que el procedimiento tributario ha sido instruido, se pondrá de manifiesto a los obligados tributarios o, en su caso, a sus representantes.
En el plazo de 10 días hábiles se podrá consultar el expediente, formular alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que se estimen pertinentes.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud