Información
Información
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades, personas jurídicas o físicas titulares de los medios de transporte de animales vivos, cuyo domicilio social esté en la Comunidad de Madrid.
Requisitos
Documentación que debe llevar el transportista a bordo del vehículo
- Copia de la autorización del transportista.
- La autorización del medio de transporte o contenedor.
- Libro de registro de transporte (no es necesario reflejar los datos de los transportes de duración inferior a 65 Km).
- Copia del certificado del curso de Bienestar Animal en el Transporte, de los conductores o cuidadores que realicen el transporte, en los casos en que sea exigible dicho curso.
- Plan de contingencia, en los casos en que sea exigible.
Condiciones generales para todos los vehículos y contenedores
- Los medios de transporte, los contenedores y sus equipamientos deberán diseñarse, construirse, mantenerse y utilizarse de modo que sea posible:
- evitar lesiones y sufrimiento y garantizar la seguridad de los animales;
- proteger a los animales contra las inclemencias del tiempo, de las temperaturas extremas y de los cambios meteorológicos desfavorables;
- limpiarlos y desinfectarlos;
- evitar que los animales puedan escaparse o caer, y que puedan resistir las tensiones provocadas por el movimiento;
- garantizar el mantenimiento de una calidad y cantidad de aire apropiada para la especie transportada;
- facilitar el acceso a los animales para que puedan ser inspeccionados y atendidos;
- disponer de suelo antideslizante;
- disponer de un suelo que reduzca las fugas de orina o excrementos;
- prever una fuente de luz que permita inspeccionar o atender a los animales durante el transporte.
- El compartimento destinado a los animales, así como cada uno de sus niveles, dispondrá de espacio suficiente para garantizar que exista una ventilación adecuada por encima de los animales cuando éstos estén de pie en posición normal y que no se les impida en ningún momento moverse.
- Cuando se trate de animales salvajes o de especies distintas de équidos domésticos o animales domésticos de las especies bovina, ovina o porcina, según corresponda, deberán acompañar a los animales los siguientes documentos:
- un aviso que indique que los animales son salvajes, tímidos o peligrosos;
- instrucciones escritas relativas al suministro de comida y agua y de cualquier atención especial que se requiera.
- Las separaciones deberán ser lo suficientemente resistentes como para soportar el peso de los animales. Los equipamientos deberán diseñarse de modo que puedan manipularse de manera rápida y fácil.
- Los cochinillos de menos de 10 kg, los corderos de menos de 20 kg, los terneros menores de seis meses y los potros de menos de cuatro meses deberán disponer de yacijas adecuadas o de material equivalente que garantice una comodidad adecuada a las especies, al número de animales transportados, a la duración del viaje y a las condiciones meteorológicas. Este material tendrá que procurar una absorción adecuada de la orina y las heces.
- Sin perjuicio de las normas comunitarias o nacionales de seguridad de tripulaciones y pasajeros, siempre que el transporte por mar, por aire o por ferrocarril tenga una duración superior a tres horas, deberá ponerse a disposición del cuidador, o de cualquier otra persona a bordo que esté cualificada para realizar esta tarea sin crueldad y eficazmente, un método de sacrificio adaptado a la especie transportada.
Condiciones específicas para vehículos de transporte de cerdos
El vehículo dispondrá de depósitos de agua y bebederos que permitan disponer de agua continuamente a los animales para viajes de más de 8 horas.
Condiciones específicas para vehículos de transporte de équidos, bovinos, ovinos-caprinos y porcinos que superen las 12 horas de duración
Los vehículos deberán cumplir, además de las condiciones generales, lo establecido en la normativa europea en la que se regulan las disposiciones relativas a alimentación, provisión de agua, ventilación, control de temperatura y sistema de navegación en el caso de viajes largos.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid, en función del tipo de solicitud:
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
- Alta de transportista
- Alta de vehículos y contenedores
- Baja de transportista
- Baja de contenedores y vehículos
- Renovación de transportista
- Renovación de vehículos y contenedores
- Cambio domicilio social
- Otras modificaciones
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la representación, en su caso
- Plan de Contingencia para casos de emergencia (en caso de solicitud de alta para transporte por la Unión Europea - Reglamento 1/2005) - SOLO TIPOS 1 y 2
- Acreditación de Formación en Bienestar Animal (en caso de solicitud de alta para transporte por la Unión Europea - Reglamento 1/2005) – SOLO TIPOS 1 y 2
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del interesado.
- NIF/NIE del representante.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la representación, en su caso.
- Anexo I (uno por vehículo o contenedor).
- Ficha técnica del vehículo.
- Permiso de circulación.
- Remolques de más de 750 kg factura o documento acreditativo de la titularidad del remolque.
- Curso de formación en bienestar animal, aptitud para el transporte, carga, descarga y manipulación (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).
- Certificado de competencia expedido por la autoridad competente para conductores o cuidadores en un vehículo de carretera destinado a transporte de équidos, bovino, ovino, caprino y aves de corral (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).
- Plan de contingencia, (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del interesado.
- NIF/NIE del representante.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la representación, en su caso.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del interesado.
- NIF/NIE del representante.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la representación, en su caso.
- Anexo I (uno por cada vehículo o contenedor a dar de baja).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del interesado.
- NIF/NIE del representante.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la representación, en su caso
- Plan de Contingencia para casos de emergencia (en caso de solicitud de alta para transporte por la Unión Europea - Reglamento 1/2005) - SOLO TIPOS 1 y 2
- Acreditación de Formación en Bienestar Animal (en caso de solicitud de alta para transporte por la Unión Europea - Reglamento 1/2005) – SOLO TIPOS 1 y 2
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del interesado.
- NIF/NIE del representante.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la representación, en su caso.
- Anexo I (uno por vehículo o contenedor).
- Ficha técnica del vehículo.
- Permiso de circulación.
- Remolques de más de 750 kg factura o documento acreditativo de la titularidad del remolque.
- Curso de formación en bienestar animal, aptitud para el transporte, carga, descarga y manipulación (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).
- Certificado de competencia expedido por la autoridad competente para conductores o cuidadores en un vehículo de carretera destinado a transporte de équidos, bovino, ovino, caprino y aves de corral (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).
- Plan de contingencia, (solo para viajes de hasta 8 horas, más de 8 horas y hasta 12 horas de duración y NO aplica a otros tipos de transporte).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del interesado.
- NIF/NIE del representante.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la representación, en su caso.
- Documentación acreditativa del cambio de domicilio social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del interesado.
- NIF/NIE del representante.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la representación, en su caso.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF/NIE del interesado.
- NIF/NIE del representante.
Información adicional
Para las consultas relacionadas con la tramitación de la solicitud puede ponerse en contacto con el Área de Ganadería en el teléfono 91 438 31 53.
Normativa
- Reglamento (CE) nº 1/2005 del Consejo, de 22 de diciembre de 2004, relativo a la protección de los animales durante el transporte y las operaciones conexas y por el que se modifican las Directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) nº 1255/97 (DOUE nº 3, de 5 de enero).
- Real Decreto 990/2022, de 29 de noviembre, sobre normas de sanidad y protección animal durante el transporte (BOE nº 287, de 30 de noviembre)
- Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal (BOE nº 99, de 25 de abril).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura
- D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez efectuado el registro de transportistas y medios de transporte con domicilio social en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, se les asignarán un código de identificación, que se comunicará a los interesados.
Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud