Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
  3. Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. Si eliges presentación electrónica:
    1. Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    2. Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
  5. Si eliges presentación presencial:
    1. Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
    2. Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
Solicitud de reconocimiento de perro de asistencia
Solicitud de reconocimiento de perro de asistencia en formación
Solicitud de reconocimiento de perro de asistencia jubilado
Solicitud de baja
Solicitud de duplicado
Accede al registro electrónico

Consulta el estado y evolución

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación
  1. Presentación de la solicitud junto con la documentación indicada en el apartado anterior.
  2. Si del examen de la documentación se deduce que la misma es defectuosa o incompleta se notificará al interesado para que, en el plazo de 10 días, aporte la documentación necesaria y subsane los defectos observados, haciéndole saber que si no es así, su solicitud se archivará sin más trámite.
  3. Una vez se compruebe que el perro de asistencia y, en su caso, el usuario, cumplen los requisitos establecidos en la Ley 2/2015, de 10 de marzo, se dictará resolución administrativas de reconocimiento que se notificará al interesado o a su representante legal.

En dicha notificación, se indicará cuándo se procederá a la remisión del distintivo de identificación del perro de asistencia y, en su caso, del carné de la unidad de vinculación.

Plazos y efectos del silencio administrativo

  1. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa en el procedimiento de reconocimiento de los perros de asistencia y perros de asistencia jubilados es de 6 meses.
  2. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa en el procedimiento de reconocimiento de los perros de asistencia en formación es de 3 meses.

El efecto del silencio administrativo es estimatorio.

Contra la resolución del procedimiento de reconocimiento de la condición de perro de asistencia en sus distintas modalidades y, en su caso, de la unidad de vinculación, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Documentación a presentar
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Requisitos entidades adiestramiento
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48.45 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 07/10/2024
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