Última actualización: 22/10/2025

Descripción

  • Referencia
    2649
  • Descripción

    Las personas titulares de laboratorios domiciliados en la Comunidad de Madrid, que realizan controles analíticos de productos alimenticios y agua de consumo, deben solicitar su inscripción inicial en el Registro de laboratorios de análisis de alimentos y aguas de consumo.

    También deben solicitar:

    1. La renovación de la inscripción: esta opción solo es válida si no hay ningún cambio en los datos registrados.
    2. La modificación del registro existente por:
      1. Cambio de titularidad.
      2. Cambio de domicilio del laboratorio.
      3. Cambio de domicilio social.
      4. Cambio de sección de registro.
      5. Modificación de actividades analíticas.
      6. Cambio de responsabilidad técnica.
    3. El cese de actividad y baja del registro.
    1. Tasa
      Requiere el pago de tasas

    Personas destinatarias

    Personas físicas o jurídicas titulares de laboratorios públicos o privados de análisis de productos alimenticios y aguas de consumo ubicados en la Comunidad de Madrid.

    Están excluidos los laboratorios que dependen de la Administración General del Estado o sus organismos autónomos.

    Requisitos

    Los laboratorios se autorizan en una o varias de las secciones del Registro de Laboratorios según la actividad analítica que realizan y deben cumplir los siguientes requisitos:

    Documentación a presentar

    1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
    2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid en función del tipo de solicitud y opción seleccionadas.

    Presentación de solicitudes

    La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

    Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:  

    1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud. 
    2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago. 
    3. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar. 
    4. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

    Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

    • Aportar documentos a la solicitud.
    • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
    • Consultar su estado de tramitación.

    En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

    Información Complementaria

    Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

    Documentación de interés

    Guía de laboratorios que realizan control oficial de productos alimenticios
    Descargar
    2.18 MB

    Tramitación

    En caso de solicitud de autorización inicial o de modificaciones registrales, una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

    Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.

    A continuación, haremos una valoración técnica de la documentación presentada.

    Si todo es correcto, emitiremos la resolución de autorización e inscribiremos la empresa en el Registro de Laboratorios con un número identificativo, que comunicaremos a la persona solicitante.

    Dicho número tiene el siguiente formato: XXX-ABCD/M, donde:

    • XXX es un número que identifica al laboratorio.
    • Las letras hacen referencia a la sección en que se inscribe.

    Una vez inscrita, la empresa seguirá sujeta a los controles oficiales necesarios (inspecciones o auditorías) para comprobar el correcto funcionamiento de la actividad.

    Plazos y efectos del silencio administrativo

    Plazo máximo de resolución
    • Autorización: 6 meses
    • Renovación: 3 meses
    • Modificación: Modificación de un registro existente: 2 meses
    Efecto del silencio
    Estimatorio
    Normativa reguladora del silencio administrativo
    Decreto 150/2001, de 06 de septiembre , por el que se regulan la autorización y registro de los laboratorios de la Comunidad de Madrid que realicen controles analíticos de productos alimenticios.

    Recursos

    Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

    • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
    • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

    Acceso al trámite de recurso de alzada

    Normativa

    Órgano responsable

    Consejería de Sanidad
    Viceconsejería de Sanidad
    Dirección General de Salud Pública

    El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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